Chile: Juzgado descarta caso contra Las Tesis tras denuncias de Carabineros por “amenaza a la autoridad”

La mañana de hoy, el Juzgado de Garantía de Valparaíso acogió la solicitud de sobreseimiento definitivo presentado por la defensa de las integrantes del colectivo feminista Las Tesis, descartando de esta manera la acusación hecha contra ellas de los delitos de atentado contra la autoridad y amenazas.
El Desconcierto reporta que durante la sesión, el fiscal Cristian Andrade señaló que “ni literal ni contextualmente es posible obtener en el video alguna alusión a algo que se pretenda como un atentado a Carabineros (…) No es sostenible que alguna de sus conductas apunten a un atentado contra la autoridad”. Por su parte, la abogada defensora del colectivo sostuvo que “los hechos denunciados no constituyen delito”, y además expresó que “lamentamos que se haya iniciado un proceso judicial sin víctimas en contra del colectivo Las Tesis por parte de un órgano estatal, lo que se reconoce a nivel internacional como la criminalización de la protesta”.
Si bien recordamos, el pasado mes de junio el organismo policial chileno había interpuesto una denuncia contra el colectivo feminista por “incitar a la violencia y al odio” contra la institución. Todo se suscitó a raíz de un video publicado por Las Tesis el 27 de mayo de 2020 a través de las redes sociales, y en el cual aparecen al frente de una comisaría en la ciudad puerto de Valparaíso. Al parecer, la frase que causó la denuncia fue “fuego a los pacos. Fuego a la yuta”.
Carabineros también señaló al grupo como responsables de algunos de los hechos de violencia registrados a raíz del estallido social en Chile, durante el mes de noviembre y diciembre del 2019. En la denuncia se identificó a cuatro integrantes del colectivo, aunque la acción judicial estuvo dirigida contra todos quienes resulten responsables por los presuntos delitos de atentando contra la autoridad y amenazas contra Carabineros.
Sin embargo, tal como se demostró hoy, el juzgado a cargo de la causa expuso que “atendido el contexto en que se realiza, no hay delito de amenazas contra personas determinadas”.
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